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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece la Ley de Timbres y Estampillas en relación a los impuestos que deben pagar documentos mercantiles tales como letras de cambio y pagarés?

Según lo establece la Ley de Timbres y Estampillas, las letras de cambio y pagarés están afectas al pago de un impuesto que corresponde a un porcentaje del monto de la operación, con topes máximos según una escala que establece la norma. 
En estos casos, el pago se puede hacer directamente en la Notaría, para luego ser enterados a la Tesorería General de la República bajo la responsabilidad del Notario, o por el propio interesado.
También están afectos al pago de impuesto, las transferencias de vehículos motorizados y los mutuos.

¿Dónde puedo consultar la Notaría o Registraduría de mi Registro Civil de Nacimiento?

El Registro Civil de nacimiento constituye la base para la identificación de la población colombiana. En el siguiente enlace usted podrá consultar la oficina en donde se adelantó la inscripción de su registro civil de nacimiento o de matrimonio. Esta información le será suministrada por el sistema siempre y cuando usted tenga grabado el serial de su registro en las bases de datos de la Registraduría Nacional, teniendo en cuenta que el formato de seriales para el registro civil de nacimiento fue implementado paulatinamente a partir del año 1970 y para registro civil de matrimonio a partir de 1981, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1260 de 1970." Fuente Registraduría del Estado Civil.
 
Debe ingresar a este link para consultar la Notaría o Registraduría donde se encuentra registrado
 

¿Qué son los derechos notariales?

Los Notarios perciben como retribución de su trabajo, los derechos que establece el Arancel que periódicamente dicta el Ministerio de Justicia, salvo aquellas actuaciones que puedan regularse convencionalmente.

¿Qué son la certificación y las diligencias personales?

Las personas pueden pre-constituir eventuales pruebas judiciales mediante la certificación de hechos y situaciones practicadas por los Notarios, que, como ya se ha dicho, son Ministros de Fe Pública.

Para tal efecto deben acordar los términos y convenir honorarios en forma previa y directamente con la Notaría.

¿Cómo tiene validez un documento emitido en el extranjero?

Para que un documento emitido en el extranjero tenga validez en nuestro país, es necesario que sea traducido y si procede, legalizado y protocolizado; según establecen los artículos 345, 347 del C. de P.C y 420 del C.O.T. 

La legalización es un trámite administrativo que se realiza en los Consulados y en las oficinas de legalización de los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores. 

La protocolización consiste en agregar el documento al final del registro del Notario, dejando constancia de ello en el libro de repertorio el día en que se presenta el documento. 

Por su parte los extranjeros que comparecen en Chile, pueden acreditar su identidad con el pasaporte o documento de identificación que le permitió su ingreso al país, y en el caso de compraventas de bienes raíces deben obtener RUT ante el S.I.I

¿Cuántos tipos de escritura contempla la legislación Colombiana?

La legislación colombiana contempla varios tipos de sociedades, las cuales suelen dividirse en sociedades de capital y de personas. Dentro de estas últimas la más usada y conveniente desde un punto operativo y tributario es la Sociedad de responsabilidad limitada.

El contrato de constitución debe ser celebrado por escritura pública y un extracto de él se inscribe en el Registro de Comercio y se publica por una vez en el Diario Oficial de la República, dentro de 60 días contados desde la fecha de la escritura. 

Se requiere por tanto la comparecencia ante el Notario de los socios con sus documentos de identificación. 

Las menciones básicas de dicho contrato son: Nombre de la sociedad que puede consistir en los nombres o apellidos de los socios o una mención al giro de la sociedad, siempre seguidos de la palabra: Limitada.

Pueden además, usar un nombre de fantasía, aparecer el capital, forma y cuantía del aporte de cada socio, la forma de administración y uso de la razón social, objeto social, domicilio y duración El 11 de Febrero de 2003 entró en vigencia la Ley 19.857 que autoriza el establecimiento de Empresas Individuales de Responsabilidad. Limitada.

¿Cuándo se hace necesario redactar una minuta o borrador firmado por un abogado?

Es necesario que con ciertos documentos que deben ser otorgados por escritura pública se exija, en conformidad a la ley, la presentación de una minuta o borrador redactado por un abogado. Estos documentos pueden ser: partición de bienes, sociedades, escrituras constitutivas de personalidad jurídica, asociaciones de canalistas y cooperativas. Estas minutas pueden ser entregadas a la Notaría vía e-mail, fax, otros modos.

Los plazos de confección, son por lo general de 24 horas y la firma de los concurrentes no requiere ser simultánea. A tal efecto, estos deben concurrir a la Notaría en el horario de atención, donde serán atendidos por la jefa de Registro correspondiente.

¿Qué se requiere para realizar una declaración jurada?

Para efectuar una declaración jurada, carta poder o autorizaciones, se hace necesario que la persona que otorga el documento, concurra personalmente a la Notaría, con su cédula de identidad, a no ser que se trate de personas que hayan registrado sus firmas en conformidad a lo dispuesto en el Código Orgánico de Tribunales.

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