El Registro Civil de Matrimonio es el documento público que establece la existencia legal de un matrimonio.
Es por la anterior razón que todo matrimonio celebrado ante juez, notario o sacerdote católico, debe registrarse.
En Colombia el único matrimonio religioso que produce efectos civiles es el católico por cuanto así está acordado en el tratado llamado Concordato entre Colombia y el Estado Vaticano.
Los matrimonios celebrados en el extranjero entre dos colombianos por nacimiento o un colombiano por nacimiento y un extranjero, también han de registrarse.
Categoría:
Registro civil
Requisitos:
- Registro Civil de Nacimiento de los contrayentes.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los contrayentes.
- Fotocopia de la partida eclesiástica debidamente autenticada por la curia, cuando se trate de matrimonio católico.
- Si el matrimonio se realiza ante juez, acta del matrimonio debidamente protocolizada mediante Escritura Pública.
Nota: Si el matrimonio es celebrado en el exterior se puede registrar en el consulado correspondiente o en cualquier Notaría o Registraduría.
Pasos del trámite:
Acercarse a la Notaría.